De la revisión exhaustiva de las presentes actuaciones, este Tribunal observa: En fecha 21 de marzo de 2002, este Tribunal otorgó a favor del penado José Rafael Gómez Torrealba, el beneficio de confinamiento hasta el día 15 de febrero de 2005, lapso durante el cual debía presentarse cada quince (15) días por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, ubicada en el Barrio Alayón Calle Alayón, N° 11. Posteriormente, en fecha diez (10) de mayo de 2002, se dictó auto y se acordó cambiar las presentaciones a la Prefectura del Municipio Mariño, ubicado en el Centro Comercial Valle Lindo, local N° 1, Maracay, Estado Aragua.
Ahora bien, en fecha 26 de agosto de 2005, se recibió escrito del Prefecto Civil de la Parroquia ya identificada, informando a este Tribunal que el penado José Rafael Gómez Torrealba, no aparece en los libros de confinamientos llevados por esa Prefectura. Además, se evidencia de los folios 184, 188, 190, 191, 193, 194, 198, 199 y 201, q.....