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Decisiones del dia 04/05/2006 |
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N° Expediente :
14026
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N° Sentencia :
1
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Fecha: 04/05/2006 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: LORENZO JAVIER MANZANILLA GUERRERO Y YURAIMA DURAN MARQUEZ. |
Resumen:
DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos: LORENZO JAVIER MANZANILLA GUERRERO y YURAIMA DURAN MARQUEZ, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado en fecha veinte (20) de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia J.J. Osuna Rodríguez del Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en acta de Matrimonio Nº 04 En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERA: La Patria Potestad sobre su hija la niña, OMITIR NOMBRES, será ejercida por ambos padres. SEGUNDA: La Guarda y Custodia sobre la referida niña, será ejercida por su legítima madre ciudadana: YURAIMA DURAN MARQUEZ, identificada en autos. TERCERA: En cuanto a la Obligación Alimentaría para la referida.....
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Juez/Ponente:
Gladys Yolanda Jaspe de Ocando
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
14020
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N° Sentencia :
1
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Fecha: 04/05/2006 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: MIRIAN MARGOT URBINA ANAYA Y CARLOS ALEXIS MARIN CHAMORRO. |
Resumen:
DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos: MIRIAN MARGOT URBINA ANAYA y CARLOS ALEXIS MARIN CHAMORRO, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado en fecha diez (10) de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro (1984) por ante la Prefectura Civil (hoy Registro Civil) del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, según se evidencia en acta de Matrimonio Nº 25. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERA: La Patria Potestad sobre su hija la adolescente: OMITIR NOMBRE, de quince (15) años de edad, será ejercida por ambos padres. SEGUNDA: La Guarda y Custodia sobre la referida adolescente, será ejercida por su legítima madre la ciudadana: MIRIAN MARGOT URBINA ANAYA, identificada en autos. TERCERA: En cuanto a la Obligació.....
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Juez/Ponente:
Gladys Yolanda Jaspe de Ocando
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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