DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la adolescente OMITIR NOMBRE, en cuanto a la jurisdicción del nacimiento de la referida adolescente, por lo que deberá aparecer, así: HOSPITAL I "RAFAEL RANGEL", ubicado en la población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida; y en lo que respecta al número de la cédula de identidad de la progenitora de la adolescente OMITIR NOMBRE, de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 17 y 22 de la Ley ejusdem, a fin de garantizarle a la adolescente OMITIR NOMBRE sus derechos a la identificación y a los documentos públicos de identidad, se ordena al Registrador (a) Civil de la Parroquia Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida y al Registrador (a) Principal del Estado Mérida.