PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación propuesta contra la Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, abogada YOLIVEY FLORES MUÑOZ, por el abogado ROBERTO LA ROSA FLORIDA, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil SERVICIOS DE ATENCIÓN AMBULATORIA CLINISALUD, C.A., parte demandada en la presente causa, en el juicio incoado por el ciudadano JUAN CARLOS MÉNDEZ, por cobro de bolívares por intimación.
SEGUNDO: En virtud del pronun¬cia¬miento anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la canti¬dad de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,¬oo), que deberá ser pagada en el Tribunal de la causa, dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente planilla, con la advertencia de que si la misma no pagare la multa impuesta en el término indicado, de conformidad con la.....