es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, la elaboración del Cómputo Actualizado, para verificar el cumplimiento de la pena. Al efecto se observa: que el penado JHOAN BRESLY SULBARÁN, fue detenido el día 01-04-2.003, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el día de hoy 04-11-2.008, es decir, por un lapso de CINCO (05) AÑOS, SIETE (07) MESES Y TRES (03) DÍAS, que sumado a una redención otorgada en fecha 07-02-2007 (Folios XXX al PPP) por un lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES y TRECE (13) DÍAS, le da un total de pena cumplida con redención de SIETE (07) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, le falta por cumplir SEIS (06) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día 18 de Mayo d.....