DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal a favor del ciudadano ERWIN ENRIQUE ARAQUE ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N° 26.043.493, nacido en fecha 01-01-1998, 24 de años de edad, de estado civil soltero, de profesión albañil, con domicilio en Tovar, aldea San Pedro, casa sin número, pasando de la Iglesia hacia abajo, jurisdicción del municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, teléfono celular del primero 0414-733.73.48 y teléfono fijo: (0275) 415.35.64, de conformidad con el artículo 49.7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se decreta el sobreseimiento de la causa, de conformidad con el los artículos 46 y 300.3 eiusdem, por el delito de Ocu.....