DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la niña: OMITIR NOMBRE. En consecuencia, se ordena al Registrador (a) Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida y al Registrador (a) Principal del Estado Mérida, estampar la debida nota marginal tanto en el libro original como en el duplicado, en los cuales deberán estamparse íntegramente, el lugar y el año de nacimiento de la niña OMITIR NOMBRE, así: "...nació en la Clínica Sinaí de la ciudad de Mérida, Estado Mérida, el día veintisiete de Enero del año dos mil uno. A tal efecto queda así rectificada la Partida de Nacimiento de la niña OMITIR NOMBRE. ASÍ SE DECIDE.