EJuzgado decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la ciudadana: AURA ELENA RONDÓN MONSALVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.468.623, domiciliada en la Calle El Ceibal, casa Nº 10-A, Ejido Jurisdicción del Municipio Campo Elías del Estado Mérida y civilmente hábil, hasta por la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 42.863,65), que comprende el doble de la suma debida, esto es, la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 38.000,oo), más la cantidad de NOVENTA BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS ( Bs.90,92) por concepto de intereses, y más la cantidad de CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.4.772,73) por concepto de honorarios profesionales calculados prudencialmente por el Tribunal, con la advertencia de que si el embargo recayere sobre cantidad líquida de dinero, éste sólo se ejecutará hasta por la cantidad.....