Este Tribunal decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre: Un inmueble constituido por un lote de terreno, con una superficie de mil novecientos veintisiete, con veinte centímetros cuadrados (1.927,20 mts2), ubicado en la Parroquia San Juan, Sector Caserío El Llano, Parte Baja del Municipio Sucre del Estado Mérida, el cual forma parte de las áreas y urbanismo y Parcelamiento María Antonia Urbina, conforme al Plano de Parcelamiento que se encuentran agregados en el cuaderno de comprobantes del referido registro y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con una extensión de cuarenta metros, con quince centímetros lineales (40,15 Mts) con la Calle 3 del Parcelamiento María Antonia Urbina; POR EL SUR: Con una extensión de cuarenta metros, con quince centímetros lineales (40,15 Mts), con las parcelas D-16, D-15, D-14, D-13, D12, DI 1 Y D-10 de la Parcela D, del Parcelamiento María Antonia Urbina; POR EL ESTE: Con una extensión de cuarenta y ocho metros (48 Mts) li.....