Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano LEYDIS ARMANDO VILORIA GAVIDIA, venezolano, de 37 años de edad, chofer, titular de la cédula de identidad Nº 11.218.881, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 28-05-1973, hijo de Josefa de Viloria (v) y Luís Antonio Vitoria (v), domiciliado en la Calle Principal antes de los apartamentos casa N° 3-23 de color blanco y queda una bodega llamada Los Vilorias, al frente de la Urbanización Prados del Rey, Parroquia Presidente Páez del Municipio Alberto Adriani El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de l.....