DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se revoca la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad impuesta al ciudadano ALBEIRO GUILLÉN SOTO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.350.171, natural de Mérida, estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 28-06-1995, de 28 años de edad, con domicilio en Ejido, calle principal de Aguas Calientes, casa sin número de color azul, más arriba de la capilla de San Martín, jurisdicción del municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Se ordena la aprehensión del ciudadano ALBEIRO GUILLÉN SOTO, ya identificado, a fin asegurar la realización de los actos del proceso en esta etapa, de con.....