Visto que al folio 846 del presente asunto, corre inserto oficio signado bajo el N° 1162-08, de fecha 17-09-2008, procedente del Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Piedad Leonor Rodríguez", donde solicitan Cómputo del penado CARRILLO HERNÁNDEZ RAMÓN ANTONIO, por cuanto el mismo no reposa en el expediente carcelario de dicho residente. En tal sentido, éste Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ORDENA elaborar Cómputo Actualizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de verificar la fecha en que el penado cumplirá su condena, al efecto se observa que fue detenido en fecha 25-01-2003, (otorgándose beneficio de Régimen Abierto en fecha 08-08-2007) permaneciendo con el referido beneficio hasta la presente fecha 13-10-2008, es decir por 05 años, 08 meses y 18 días, que sumados a una redención de fecha 02-08-2005 por 01 año, 08 meses, 22 días y 12 horas, es por lo q.....