Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; REVOCA LA LIBERTAD CONDICIONAL COMO MEDIDA HUMANITARIA, otorgada en fecha 14-01-2004, a favor del penado EDIXON ENRIQUE BARROSO MENESES, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 14137413, de 27 años de edad nacido el 16-12-78, hijo de Luz Marina Meneses e Isidro Barroso, se desconoce su dirección, ultima dirección del penado para Diciembre del año 2003, Avenida 30, casa N° 31-170 primera Etapa Barrio Indio Mara, Maracaibo Estado Zulia, por incumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal y a solicitud de la Fiscal XIII del Ministerio Público con Competencia en Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Estado Mérida Abogada Filomena María Buldo Araneo; de conformidad con lo previsto e.....