TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 264 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal: UNO: declara con lugar la solicitud presentada ante este Tribunal, por el defensor privado del imputado: YOHANSE PUNCHILUPPY PIMENTEL, venezolano, de 28 años de edad, soltero, titular de la cedula Nª 16.193.322, natural del Estado Guarico, Comerciante, nacido en fecha 20-09-1980, hijo Juan Bautista Punchiluppy y de Milvida Ramona Pimentel de Pinchiluppy, residenciado en el Sector Brisas del Peñon, Calle Principal, Casa N° 05. Altagracia de Orituco del Estado Guárico y en consecuencia se acuerda el cambio del lugar de las presentaciones del mismo y por consiguiente se ordena que a partir del día de hoy.....