Con apego a los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 4, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó ejecutar la Sentencia Absolutoria del 10/01/2011 dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 de ésta Extensión Judicial, mediante la cual se ordenó la destrucción de Un (01) Arma Blanca, descrita en la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-AT-0.735, de fecha 26-12-2009, inserta al folio 25 y su vuelto de la causa, y siendo que al tenerse que la referida evidencia, se encuentra en la sede el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación El Vigía, y al ser ordenada su destrucción, por lo tanto líbrese el correspondiente oficio al Cuerpo de Investigaciones señalado, a fin de que proceda en la misma sede del órgano de investigaciones, a tales efectos, y una vez se cumpla lo encomendado, deberá remitir oficio indicando las resultas.-