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Decisiones del dia 15/04/2008 |
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N° Expediente :
18833
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N° Sentencia :
1
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Fecha: 15/04/2008 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: MARIA AUXILIADORA DURAN RUIZ. |
Resumen:
DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la adolescente: OMITIR NOMBRE. En consecuencia, se ordena al Registrador (a) Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida y al Registrador (a) Principal del Estado Mérida, estampar la debida nota marginal tanto en el libro original como en el duplicado, en los cuales deberán estamparse íntegramente el lugar de nacimiento de la adolescente OMITIR NOMBRE, así: Clínica Albarregas, ubicada en el Municipio Libertador de esta ciudad de Mérida, Estado Mérida; y únicamente en el libro original llevado por el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, la fecha de presentación, debe aparecer así: "...catorce de mayo de mil novecientos noventa...". Partida Nº 225, Año 1990. A tal efecto queda así rectificada la Partida de Nacimiento de la adolescente: OMITIR NOMBRE. ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Gladys Yolanda Jaspe de Ocando
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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