"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano , Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento de la ciudadana Irama Josefina Mendoza Villarroel , ya identificada, inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil, bajo el Nº 759, folio 769, del año 1977, donde se identifica en dicha acta el apellido de la madre de la solicitante como " VILLARUEL", debe decir "VILLARROEL" , por ser lo correcto. Y así se decide..."