PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud formulada por el abogado EDGAR QUINTERO ROMERO, apoderado judicial de los ciudadanos FRANCISCO COROMOTO GIL ARNAU y ELDRYS EMILIA RODULFO DE GIL, con respecto a la previsión legal contenida en el artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la ratificación por terceros de tres documentos privados, por vía testifical, en tal sentido se ordena al Tribunal Comisionado que fije día y hora para la presentación y comparecencia de los ciudadanos: ELI SAUL UZCATEGUI, para que ratifique el contenido y firma con relación al documento denominado MEMORIA DESCRIPCTIVA, que rielan a los folios del 159 al 163, al ciudadano OSCAR M YEPEZ Y., para que ratifique el contenido y firma con relación al documento denominado ACCESO VIVIENDA INSTALACIONES ELECTRICAS .....