este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente solicitud incoada por los ciudadanos RAFAEL MARQUEZ RAMIREZ Y ROSA ROSALES DE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 693.999 y 730.417, respectivamente, domiciliados en la ciudad de El Vigía del Estado Bolivariano de Mérida, asistidos por el profesional del derecho ANGEL ATILIO CONTRERAS MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.699.251, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.383 y domiciliado en esta ciudad de El Vigía del Estado Bolivariano de Mérida, de conformidad con el artículo 631 de.....