Dispositiva:
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal:
1) Condena al ciudadano Henry Antonio Dávila Trejo, anteriormente identificado, a cumplir la pena de dos (2) años y seis (6) meses de prisión, por la comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 4 del Código Penal.
2) Impone a Henry Antonio Dávila Trejo, la pena accesoria correspondiente a la pena de prisión, señalada en el numeral 1 del artículo 16 del Código Penal.
3) No condena a Henry Antonio Dávila Trejo, al pago de costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
4) Se ordena librar boleta de encarcelación dirigida al director del Centro Penitenci.....