Vista la anterior solicitud, suscrita por el ciudadano LEOMAR ENRIQUE GARRIDO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.400.825, y civilmente hábil, debidamente asistido por la Abogada en Ejercicio LUDIVINA GUTIERREZ DIEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.718.084, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.252, e igualmente hábil, se acuerda darle entrada y el curso de Ley correspondiente. En tal sentido, se ordena PRIMERO:, la citación del ciudadano JULIO ANTONIO HERBAS PIZARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.200.259, en la siguiente dirección: Santa Elena, Urbanización Buena Vista, Calle Principal, casa Nro 0-56, Parroquia El Llano, Municipio Libertador, Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, por cuanto se observa que el domicilio del referido ciudadano esta ubicado en el Municipio Libertador, , es por lo que se acuerda EXHORTAR al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejec.....