ACUERDA el desistimiento de la acción penal, interpuesta por el ciudadano RAMON ALEXIS RAMIREZ MARQUEZ, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION previsto y castigado en el artículo 442 del Código Penal, en contra del ciudadano JOSE LEONARDO LEON AVENDAÑO, razón por la cual se decreta la extinción de la acción penal a favor del ciudadano JOSE LEONARDO LEON AVENDAÑO, y en consecuencia, el sobreseimiento de la causa, de conformidad con los artículos 49.3, 300.3, 407 y 409 del Código Orgánico Procesal Penal, no pudiendo intentar el acusador nuevament