De conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código adjetivo penal CONDENA al acusado ciudadano: EDWIN VLADIMIR ROMERO GUTIÈRREZ, venezolano, natural de estado Mérida, nacido en fecha 03/04/1994, de 18 años de edad, cedula de identidad Nº 23.722.495, estado civil soltero, hijo de Lidia Teresa Gutiérrez (v) y Edwin Romero Florez (v), ocupación comerciante trabaja en una sastrería, domiciliado en el Llanito, la otra banda, calle la honda, casa nº 6-69, la última casa de esa calle, Mérida estado Mérida, teléfono 0424-7251807, (actualmente en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por ser el autor y responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Gabriel Andrés García Camacho, a cumplir la pena de: diecisiete (17) AÑOS y seis (06) MESES DE PRISIÓN, siendo aplicables además las penas accesorias, ordenadas en el Artículo .....