este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA:PRIMERO: Se otorga de conformidad con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado GEORJE MANUEL MORA CONTRERA, venezolano, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, de 21 años de edad, nacido en fecha 15.12.1987, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. 18.636.726, residenciado en el sector La Blanca, Caño Seco IV, Bloque 31, apartamento No. 03.01, 3er. Piso, teléfono 0275/8828981), El Vigía, Estado Mérida, por el plazo de UN (01) AÑO Y SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a la imposición de la presente decisión, imponiendo el Tri.....