El Tribunal dictó decisión negando la admisión de la demanda interpuesta ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 25 de noviembre de 2009 (folios 1 al 5), por el ciudadano HERLES ANTONIO GUTIERREZ ARAQUE, venezolano, mayor de edad, divorciado, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº V-2.276.909, domiciliado en la población de Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida, asistido por el abogado LESTHER ALBERTO GONZALEZ GUILLEN, titular de la cédula de identidad Nº V-9.479.846, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.501, domiciliado en Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, por DAÑOS MATERIALES Y MORALES, contra los ciudadanos MARIA SOCORRO VILLASMIL DE BUITRAGO, EMIRO ALBERTO COROMOTO CAMACHO CAMACHO, OCARILDE FERNANDEZ, YELITZA ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 9.068.641, 4.484.012, 10.901.....