Este Tribunal de Control N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinales 3º y 4 °, del Código Orgánico Procesal Penal, A FAVOR de ANGEL ARMANDO DÁVILA ROA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 9.028.262, domiciliado en la Urbanización Buenos Aires, calle 04, Nro. 5-24, El Vigía, Estado Mérida, y como victima el ciudadano: GEOVANNY ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro.12.356.984, domiciliado en la Urbanización Bubuqui III, bloque 13, El Vigía, Estado Mérida.
Notifíquese a las partes de la presente decisión y en caso de no ser localizados el imputado y victima, publíquese la respectiva boleta de notificación a las puertas del Tribunal y agréguese copia de la misma al expediente, de conformidad con lo establecido con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase en su oportunid.....