DECISION:
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ANGELA ELADIA RAMIREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 3.004.116, a la solicitante ciudadana NINOSKA TORRES RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 13.022.766, junto con sus hermanos JESUS EVER PICO RAMIREZ, EDITH YAMILE TORRES RAMIREZ, NADESKA TORRES RAMIREZ Y NACARIT TORRES RAMIREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 9.399.764, V.-10.242.313, V.- 14.529.145 y V.- 10.244.578, respect.....