De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al acusado ciudadano: JUAN CARLOS MÉNDEZ ROMERO, venezolano, natural de Mérida, de veinticinco (25) años de edad, nacido en fecha veintinueve de mayo de mil novecientos ochenta y ocho (29.05.1988), de veintiséis (26) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.125.366, soltero, de profesión indefinida, domiciliado en Santa Mónica, calle principal, casa N° 4-58, Mérida estado Mérida, hijo de Carmen Romero y Nerio Alfredo Méndez, (actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406.1 Código Penal, en perjuicio del JHON EVER GIL CHAMORRO, a cumplir la pena de: ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo so.....