DECISION
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Rectificada el Acta de Defunción del ciudadano: LUIS JAIME RUBRICHE, signada con el Nº 104 de los libros de Defunción llevados durante el año 2009, en el Registro Civil de la Parroquia El Llano de la ciudad de Tovar del Estado Mérida en cuanto al ERROR de que deja cinco hijas de nombres: Marlene, Sonnia Esthella, Claudia Rosmira, Neyla Yameline y Milena María Rubriche Rincón, siendo lo correcto, que deja dos (02) hijas de nombres Neyla Yameline y Milena María Rubriche Rincón. Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remiti.....