Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YOHANA KARINA MOLINA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.097.649, domiciliada en Barrio Bolívar, Calle 5, Casa 2-18, Parroquia Rómulo Gallegos, El Vigía, Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, contra el ciudadano JUNIOR MARTIN ALBORNOZ QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.784.120 y las sociedades mercantiles EMPRESAS JUNIOR, C.A., VIVERES DE JUNIOR´S PLUS, C.A., y JUNIOR MALL, C.A.
Se condena a las partes demandadas, ciudadano JUNIOR MARTIN ALBORNOZ QUIROZ y a las sociedades mercantiles EMPRESAS JUNIOR, C.A., VIVERES DE JUNIOR´S PLUS, C.A., y JUNIOR MALL, C.....