DECISIÓN:
Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250 y 262, ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, revoca la medida cautelar sustitutiva decretada a favor del imputado LUIS ALBERTO URDANETA MENESES, venezolano, mayor de edad, nacido en la Cañada estado Zulia el 30-12-1974, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.022.650, soltero, chofer, domicilio desconocido, hijo Luis Urdaneta y Carmen Meneses, por la Corte de Apelaciones de éste Circuito judicial penal de Mérida, en fechas 28 de septiembre del año 2005, en tal virtud, en su lugar decreta la privación judicial preventiva de libertad conforme a lo establecido del artículo 2, 26, y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 2, 4, 5, 6, 7, 19, .....