Este Juzgado de Primera Instancia, en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la prescripción de la Acción Penal, una vez analizada las actuaciones que conforman la presente causa y la solicitud Fiscal y en consecuencia, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, DE LA PRESENTE CAUSA, y se declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la cual se encuentra como imputado el ciudadano Melvin Rodríguez Torres, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de MARIA DARCY URIBE GUILLEN, El Vigía, Estado Mérida, por los hechos ocurridos en fecha 10/03/2001, En virtud de la denuncia interpuesta por la Ciudadana: MARIA DARCY URIBE GUILLEN, quien manifestó...que el día 09-03-2001, como a las diez y media de la noche, se .....