De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano FREDDY DE JESÚS SOLARTE ÁVILA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 12.548.080, natural de Caja Seca estado Zulia, nacido en fecha 20-11-1795, de 37 años de edad, estado civil soltero, comerciante, residenciado en Residencias Domingo Salazar, edificio 2, piso 3, no recuerda el numero del apartamento. (Recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5, en concordancia con el artículo y 6, numerales 1 y 12 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de PABLO MENDOZA RAMÍREZ, y por aplicación de los artículos 37, 74 del Código Penal y el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), en consecuencia se le se con.....