Este Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: SOBRESEIMIENTO, de la presente causa, en la cual se encuentra como imputados, PERSONAS DESCONOCIDAS, y en perjuicio de DANIEL GERARDO HERRERA MEZA, por la comisión del delito de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal; Por los hechos ocurridos: 19-03-2006, hasta la presente fecha ha transcurrido más de tres años, tiempo suficiente para que prospere la prescripción de la acción, ha transcurrido mas del tiempo requerido legalmente y a solicitud de la Vindicta Pública por cuanto la acción penal se encuentra PRESCRITA, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 318, numeral 3 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 8 del articulo 48 ejusdem, por haber operado.....