JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR, Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintinueve   de Julio de dos mil nueve.-
199º     y  150º
Expediente Nro 7362
Vista la  diligencia suscrita por el abogado  KAMIL SAAB SAAB,   en su condición indicada en autos y la cual obra inserta al folio 19, del presente expediente, este  Despacho luego del estudio, riguroso, minucioso y detenido de dicho escrito, donde solicita se decrete MEDIDA DE SECUESTRO en la presente causa, concluye como punto previo a la definitiva y sin que ello sea vinculante con el mérito del fallo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en el Artículo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios en concordancia con el artículo 599, ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil Decreta: MEDIDA DE SECUESTRO  sobre un Inmueble, consistente en un LOCAL COMERCIAL ubicado en el Pasaje María Simona Nro. 7-28, frente a.....