DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano GENARINO PUENTE LA CRUZ, Venezolano, natural del estado Mérida, nacido en fecha 19-05-1971, de 45 años de edad, estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V-11.955.456, hijo del ciudadano José Puente (V), y de la ciudadana Josefa La Cruz (F), domiciliado en la Urbanización Prado Del Este, La Villa, Calle Nº 4, casa Nº 26, Barinas Estado Barinas, teléfono Nº 0414-5719847, 0416-9770326, 0273-5326045; por la presunta comisión del delito de VIOLENCI.....