En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, CON LUGAR la solicitud de conversión en DIVORCIO, de la presente separación de cuerpos por mutuo consentimiento interpuesta por los ciudadanos IRLU BARRERA DE DOMÍNGUEZ Y HEINER JOSÉ DOMÍNGUEZ ÁVILA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.107.599 y V- 15.106.800, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la ABG. ADA JANETT DE FRENZA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.465.269, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 96.117, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, de conformidad c.....