este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el convenimiento celebrado y suscrito por el ciudadano ANDRES ELOY PAREDES TORRES y el adolescente Omitir Nombre, antes identificados, relacionado con el Cumplimiento de la Obligación Alimentaria a favor del referido adolescente, en los siguientes términos: ¿El adolescente Omitir Nombre, manifiesta al Tribunal que desde el año 2001 hasta la presenta fecha, reconoce que su padre el ciudadano ANDRES ELOY PAREDES TORRES, ha contribuido con gastos de vestido, medicina, recreación y zapatos, valorados estos, en la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 600.000,00), razón por la cual solicita al Tribunal que la misma sea descontada de la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUARENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.583.040,00), en la que se.....