DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por el Abogado Rafael Arcángel Mora Mora, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 3.296.161, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 24.389, actuando como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil ESCALANTE MOTORS C. A., domiciliada en San Carlos de Zulia, Municipio colón del Estado Zulia, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 22 de mayo de 1985, bajo Nro. 76, Tomo 1-A, segundo trimestre del citado año, contra el ciudadano Zubillaga Meléndez Juan Gerardo, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad números 13.786.060, por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO.
Con fundamento en lo previsto por el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a la parte actora mediante boleta en su domicilio proces.....