Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado FRANCO MARQUINA RODRIGUEZ, venezolano, natural de La Azulita, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 16.443.846, nacido en fecha 01-05-79, de profesión u oficio albañil, de 31 años de edad, residenciado en vía San Francisco, casa sin número, rancho de madera, mas arriba de la escuela Bolivariana, teléfono 0416-0460389, La Azulita Municipio Andrés Bello, estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previstos y sancionados en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre y de Violencia, cometido en perjuicio de CANDIDA ARAQUE RODRÍGUEZ; p.....