Decisiones del dia 01/07/2008
N° Expediente :
LP01-P-2008-002635
N° Sentencia :
Fecha: 01/07/2008
Procedimiento: Flagrante, Imposición De Medidas Cautelares
Partes: FISCALIA DECIMA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSA: ABG. GUSTAVO CONTRERAS, IMPUTADO: LEONARDO MARQUEZ, VICTIMA: MARIA DE LOS ANGELES FERRER DELGADO
Resumen:
DECISIÓN
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide
Primero: Declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del supra identificado, ciudadano MARQUEZ MERCADO LEONARDO MIGUEL, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se precalifican los hechos por la presunta comisión del delito de ROBO LEVE o ARREBATON, previstos y sancionados en los artículos primer aparte 456 del Código Vigente y LESIONES LEVISIMAS, de conformidad con el artículo 417, ejusdem. Tercero: Se ordena tramitar la presente causa por el procedimiento Abreviado, previsto en los artículos 372 numeral 1 en concordancia con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto remítase la prese.....
Juez/Ponente:
Irlanda Quintero
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control
N° Expediente :
LP01-P-2008-002274
N° Sentencia :
Fecha: 01/07/2008
Procedimiento: Auto Fundado
Partes: AMERICO MARQUEZ Y LEOMAR JOSE PEREZ GUERRA,
Resumen:
Visto y analizado el escrito presentado por el abogado OSVALDO LLINAS, en su condición de defensor privado del acusado GIOVANNY JESUS RIVAS GARCIA, el cual consignaron recaudos y propuso como fiadores del prenombrado acusado a los ciudadanos AMERICO MARQUEZ y LEOMAR JOSE PEREZ GUERRA, a los fines de materializar la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial de libertad, decretada por este tribunal de control Nº 05, en fecha 06-06-2008 (f.56 AL 59). Para decidir el Tribunal observa:
El artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, establece los requisitos que deben cumplir los fiadores, siendo los mismos: reconocida buena conducta, responsables, tener capacidad económica para atender las obligaciones que contraen y estar domiciliados en el territorio nacional. (Subrayado del Tribunal).
En este sentido, a los fines de verificar tales extremos, el Tribunal observa que los postulados como fiadores acreditaron su domicilio o residencia en el país, capacidad económ.....
Juez/Ponente:
Marianela Marín
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio