ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Acuerda: PRIMERO: Declara sin lugar la solicitud la Defensa Pública del acusado de autos, y MANTIENE con todos y cada uno de sus efectos jurídicos la Medida Privativa de Libertad, por cuanto no han variado las condiciones impuesta, por el contrario existen otros elementos de investigación los cuales fueron expresados con anterioridad, por este Tribunal de Control N° 4, y se acuerda fijar Audiencia para el DIA JUEVES 03-08-06 HORA: 10.30 AM; de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del COPP.; en contra del acusado imputado DARWIN JOSÉ ROJAS PÁEZ, nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 19-08-1985, natural El Vigía, Estado Mérida, de 20 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad 19.097.959, de profesión u oficio obrero, trabajo como emp.....