Concluido como ha sido el presente Juicio Oral y Público categoría Unipersonal este TRIBUNAL DE JUICIO MIXTO Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE CONDENA AL ACUSADO EDILBERTO ALVARADO PEDROZO, venezolano, mayor de edad, de 65 años de edad, viudo, agricultor, titular de la cédula de identidad № 15.594.744, domiciliado en la Urbanización El Paraíso, avenido 1 con calle 4, casa 3-67, Parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, A CUMPLIR LA PENA DE UN AÑO DE PRISION, más las accesoria de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por considerarlo autor responsable de la comisión del delito de de PERTURBACIÓN VIOLENTA A LA POSESIÓN PACIFICA, previsto y sancionado en el Artículo 472 del Código Penal, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 ejusdem,.....