DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03, de éste Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RECHAZA, la Querella presentada por el ciudadano: JOSÉ CONCEPCIÓN LOBO ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-2.447.489, domiciliado en las Residencias Cardenal Quintero, Torre 7, Piso 5, Apartamento 5-3, Avenida Cardenal Quintero, Municipio Libertador, Mérida Estado Mérida, quien se encuentra legalmente asistido en este acto por los ciudadanos abogados: IAD KOTEICHE ATTALLAH, titular de la cédula de identidad No. V-11.537.047, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 82.104, y HENRY ANTONIO PÉREZ, titular de la cédula de identidad No. V-5.056.491, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 9.....