Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Daños y Perjuicios incoada por el ciudadano Oswaldo Alejandro Arias Valero, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-4.492.588, contra los ciudadanos María Isabel Zambrano de Puentes, William Gerardo Puentes Zambrano, Yoly Auxiliadora Puentes Zambrano, Carmen Virginia Puentes Zambrano, José Gregorio Puentes Zambrano y Johony Alfredo Puentes Zambrano, venezolanos, titulares de la cedula de identidad Números V- 2.446.133, V- 8.015.186, V- 8.630.972, V-9.472.540, V-6.508.614 Y V-11.952.205, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas. Y ASÍ SE.....