DEL DISPOSITIVO.
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana RAQUEL SOFIA CONTRERAS GUERRERO, antes identificada, Contra la FIRMA PERSONAL COROLAN SPORT DE JESUS ORLANDO GIL VERA, identificacada en autos, en la persona de JESUS ORLANDO GIL VERA, antes identificado, en su condición de único y exclusivo propietario de la firma personal. Por concepto de PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
Se ORDENA a la FIRMA PERSONAL COROLAN SPORT DE JESUS ORLANDO GIL VERA, antes identificada, en la persona de JESUS ORLANDO GIL VERA, identificado en autos, en su condición de único y exclusivo propietario de la firma personal. A pagar la cantidad de BOLIVARES UN MILLON SESENTA Y OCH.....