Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA, y en consecuencia EXTIENDE la medida presentación al Imputado JARLES JHONATAN CONTRERAS DURAN, venezolano, Titular de la cédula de Identidad V- 16.307.997, de 23 años de edad, soltero, de ocupación albañil, nacido en fecha 28-05-84, natural de Caracas Distrito Federal, hijo de Acacio Gabriel Contreras, y Ramona Oliva Duran Sánchez, y domiciliado en el sector de las Inavis, parte baja, vereda 1 , casa N° 01, Santa Elena de Arenales, Estado Mérida, de cada Quince (15) días a cada Cuarenta y cinco (45) Días, contados a partir de la presente Fecha, revisión que se lleva a efecto conforme al Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las Partes. Líbrese las Correspondientes Boletas......