Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento del PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, al penado JESUS MANUEL MARQUEZ JAIMES, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.283.410, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 07-02-67, de 42 años de edad, soltero, obrero, hijo de Ursula Jaimes de Márquez y de Manuel Márquez Contreras, residenciado en el sector Caño Raicito, Casa N° 0-36, vía panamericana, Municipio Obispo Ramos de Lora, Estado Mérida, quien se encuentra bajo la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, pernoctando en el Centro de Tratamiento Comunitario “Lic. Piedad Le.....