DISPOSITIVA:
Con base en las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 482, 484 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la pena impuesta al penado de autos, ciudadano: Ender Emilio Rodríguez Vallejo, de 21 años, nacido en Mérida, Estado Mérida, fecha de nacimiento 05/09/1988, soltero, estudiante de administración de empresas, hijo de los ciudadanos Rosa Vallejo y Ender Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° 18.310.055, domiciliado en la Urb. Humboldt, Bloque 1, Edificio 2, Apto. 03-03, teléfono 0274-2662972.
Notifíquese al Ministerio Público y a la defensa, líbrese Boleta de Notificación, para el día y hora de audiencia fijado por secretaria al penado de autos, a los fines de imponerlo de la presente decisión, así como de la obligación.....