Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los Artículos 5, 8, 30, 87, 365, 366, 369, 374, 377, 381, 384, 511 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los Artículos 294 y 295 del Código de Procedimiento Civil, y dando cumplimiento a la Resolución N° 2013-0006, de fecha 20 de Febrero de 2013, aprobada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD POR FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION y BONOS ESPECIALES, incoada por la ciudadana MARIA CAROLINA RIVERA RIVERA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de Identidad Nº V-23.725.774, domiciliada en el Sector San Pedro, vía la Lagunita casa s/n, La Puerta Estado Trujillo y civilmente hábil, Teléfono Móvil 0416-2718356, en nombre y representación de su hijo identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la ley Org.....